Sí, se puede contratar un seguro de decesos siendo mayor, y de hecho es lo normal: según el informe de UNESPA sobre el seguro de decesos en España, el 61 % de los españoles a partir de 70 años tiene cubierto su sepelio, el porcentaje más alto de todos los tramos de edad. Lo que cambia con los años no es la posibilidad de contratar, sino tres cosas concretas: el límite de admisión que aplica cada compañía, el cuestionario de salud y los periodos de carencia. Y una cuarta que casi nadie menciona: la modalidad de pago de la prima, que a edades altas es lo que decide si la póliza es sostenible o no.
No hay una edad legal máxima, hay políticas de admisión
Ninguna norma fija una edad tope para contratar un seguro de decesos. Lo que existe son las condiciones de admisión de cada aseguradora, y varían bastante entre unas y otras. Por eso este es uno de los casos donde una correduría cambia el resultado de forma más clara: en lugar de aceptar el «no» de la única compañía a la que has preguntado, se busca cuál de las quince admite tu situación concreta. Un «no» de una entidad no es un «no» del mercado.
El cuestionario de salud: lo que dice la ley
A partir de cierta edad, la compañía suele pedir un cuestionario de salud. Conviene saber cómo funciona legalmente, porque protege más al asegurado de lo que la gente cree.
El artículo 10 de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro establece que el tomador debe declarar todas las circunstancias por él conocidas que puedan influir en la valoración del riesgo, conforme al cuestionario que el asegurador le someta. Y añade dos cosas importantes: queda exonerado de ese deber si el asegurador no le somete cuestionario, o cuando se trate de circunstancias que puedan influir en la valoración pero no estén comprendidas en él.
El reverso también está en la ley: si hay reserva o inexactitud, el asegurador puede rescindir el contrato en el plazo de un mes; y si media dolo o culpa grave, queda liberado del pago de la prestación cuando el siniestro ocurra antes de la rescisión. Dicho en claro: contestar el cuestionario con exactitud es lo que protege a la familia. Ocultar una enfermedad conocida para que salga más barato es exactamente el camino para que el día del fallecimiento la póliza no sirva.
Las carencias
Es habitual que las pólizas de decesos incluyan un periodo de carencia para el fallecimiento por enfermedad, mientras que el fallecimiento por accidente suele estar cubierto desde el primer día. Pregunta siempre por el plazo concreto y por qué ocurre si el fallecimiento se produce dentro de ese periodo: en muchos contratos la compañía devuelve las primas pagadas, en otros abona una parte del capital. No son detalles menores cuando se contrata a edad avanzada.
La modalidad de prima, que a estas edades lo decide todo
Si se contrata a los 75 con prima natural —la que se recalcula cada año según la edad—, la cuota va a subir año tras año y de forma cada vez más acusada, justo cuando los ingresos suelen ser fijos. Es la causa más frecuente de que una persona mayor acabe dando de baja un seguro que lleva años pagando, que es la peor decisión posible.
Frente a eso, la prima nivelada se calcula para mantenerse estable durante toda la vida del contrato, y la prima única o pago único salda el seguro de una vez. Esta última es, en muchos casos, la opción más razonable para una persona mayor con ahorro disponible: se paga una vez, no hay recibos que puedan devolverse ni cuotas que se disparen, y el asunto queda resuelto. Pregunta siempre qué modalidad te están ofreciendo, porque dos presupuestos con cuotas parecidas el primer año pueden ser productos completamente distintos.
¿Y si ya tiene póliza desde hace años?
Entonces toca revisarla, no darla por buena. Que se lleven muchos años pagando no significa que la póliza sea la mejor disponible: lo que decide es la prima y las coberturas que se puedan contratar hoy frente a las que se tienen. Si al comparar sale mejor una póliza nueva, los años acumulados no son motivo para quedarse.
Y hay dos cosas que conviene comprobar siempre en una póliza antigua: si el capital sigue cubriendo el coste real del servicio, porque ahí es donde se quedan cortas, y si la familia sabe que existe y dónde está la documentación. La comparativa es gratuita y no compromete a nada.
Preguntas frecuentes
¿Hay una edad máxima para contratar un seguro de decesos?
No existe un límite legal. Cada compañía fija sus condiciones de admisión y varían mucho entre unas y otras, por lo que un rechazo de una aseguradora no significa que no haya mercado.
¿Me pueden pedir un cuestionario de salud?
Sí, y conviene responderlo con exactitud. El artículo 10 de la Ley 50/1980 obliga a declarar las circunstancias conocidas que puedan influir en la valoración del riesgo conforme al cuestionario, y exonera de ese deber cuando el asegurador no lo somete o cuando la circunstancia no está incluida en él. Si hay dolo o culpa grave, la aseguradora queda liberada del pago de la prestación.
¿Qué pasa si el fallecimiento ocurre durante el periodo de carencia?
Depende del contrato: hay pólizas que devuelven las primas pagadas y otras que abonan una parte del capital. Es una de las cláusulas que hay que leer antes de firmar, sobre todo al contratar a edad avanzada.
¿Es mejor pagar una prima única a edad avanzada?
En muchos casos sí, si hay ahorro disponible: el seguro queda saldado de una vez y se elimina el riesgo de que la cuota suba con los años o de que un recibo devuelto acabe anulando la póliza. Depende de cada situación familiar y patrimonial.
¿Merece la pena revisar el seguro de decesos de una persona mayor?
Siempre. Comprueba que el capital siga cubriendo el coste real del servicio y compara lo que se está pagando con lo que se puede contratar hoy. Si sale mejor una póliza nueva, los años que se lleven pagando no son razón para quedarse.
Cuéntame tu caso
Si estás mirando el seguro de decesos de tu padre o de tu madre, o el tuyo, en Correduría Eduardo del Hierro comparamos 15 compañías y buscamos cuál admite mejor cada situación. También te decimos cuándo lo que ya tienes no se mejora. Correduría familiar en Valladolid, en la calle San José 10, desde 1999, con 584 reseñas de 5 estrellas en Google. Si quieres una segunda lectura, aquí tienes también las dudas más frecuentes del seguro de decesos.
Déjame un comentario con tu caso y te respondo personalmente.
Artículo escrito por Eduardo del Hierro, corredor de seguros en Valladolid desde 1999. Correduría inscrita en el registro de la DGSFP con la clave J-1997. Este contenido es informativo y no sustituye al asesoramiento personalizado sobre tu caso concreto ni a la lectura de las condiciones de tu póliza. Fuentes: Ley 50/1980 de Contrato de Seguro (BOE) e informe de UNESPA «El seguro de decesos en España», datos de 2023.
Comentarios recientes